Una juez federal absolvió a Daniel Arizmendi López “El Mochaorejas” del secuestro del hijo de un empresario y en el mismo asunto lo sentenció a sólo 8 años de prisión por delincuencia organizada, pena que dio por compurgada, debido a que el plagiario está en la cárcel desde hace casi 28 años.
El fallo no implica que el secuestrador vaya a abandonar el Centro Federal de Reinserción Social 14 de Gómez Palacio, Durango, donde actualmente se encuentra, ya que tiene condenas por varios secuestros que acumulan cientos de años de prisión.
El presente caso corresponde al secuestro del familiar de un empresario al que le cortaron una oreja en 1997 y por el que originalmente Arizmendi fue condenado a 50 años de prisión.
Raquel Duarte Cedillo, Juez Segundo de Distrito en Materia Penal de Toluca, Estado de México, absolvió a “El Mochaorejas” del delito de privación ilegal de la libertad y sólo lo halló culpable por delincuencia organizada, ilícito por el que le impuso la pena mínima. Por estar compurgado el castigo, instruyó su libertad, aunque el sentenciado no saldrá de prisión por las otras penas pendientes.
Esta sentencia fue dictada luego de que Arizmendi ganara un amparo que invalidó su condena original y se ordenara reponer su proceso.
“Acorde con el grado de culpabilidad mínimo en que se ubicó al sentenciado Daniel Arizmendi López se estima justo y equitativo imponerle por la comisión del delito de violación a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada las penas de 8 años de prisión y 500 días multa, equivalentes a 13 mil 225 pesos”, dice el fallo.
“Ahora, por cuanto a la pena de prisión impuesta a Daniel Arizmendi López ésta se tiene por compurgada, en virtud de que el citado sentenciado, con motivo de los hechos que motivaron la presente causa penal, han permanecido privado de su libertad desde el 7 de enero de 1998″.
La juzgadora establece en su fallo que la Fiscalía General de la República (FGR) le ofreció las pruebas suficientes -como son los testimonios de varios miembros de la banda de secuestradores-, para acreditar que “El Mochaorejas” era integrante de un grupo de la delincuencia organizada, razón por la que este delito está plenamente acreditado.
Pero en el caso del delito de privación ilegal de la libertad, en la modalidad de secuestro, concluyó que no hay evidencias que demuestren que Arizmendi participó específicamente en el plagio que le atribuyen en esta causa penal.
Según el fallo, lo único que lo relaciona a “El Mochaorejas” con este secuestro es el hecho de que el padre de la víctima asegura que la voz de la persona con la que negoció la liberación de su hijo corresponde a la de Arizmendi en una entrevista que dio a la televisión.
Pero no hay más evidencias en su contra, en comparación con otros miembros de la banda criminal plenamente identificados en esta investigación.
“De los medios de prueba antes descritos, no existe señalamiento o imputación directa en contra de Daniel Arizmendi López que permita arribar, aún de manera indiciaria, su plena responsabilidad en la comisión del delito en estudio”, resolvió la juzgadora.
Esta es la primera sentencia dictada a Arizmendi que ya tiene compurgada, es decir, que ya ha cumplido por completo.
La condena deriva del secuestro del hijo de un empresario registrado el 25 de marzo de 1997 en la Ciudad de México y que estuvo cautivo hasta el 1 de abril del mismo año, cuando fue liberado tras pagar un rescate de 8 millones de pesos.
De acuerdo con el expediente judicial, la víctima fue mutilada por sus victimarios.
“Al estar en cautiverio la víctima, con unas tijeras le cortaron la oreja izquierda y la dejaron en el interior de una bolsa de plástico transparente que contenía un frasco, por lo que al recogerla, realizaron las acciones correspondientes para tratar de salvar oreja”, señala la resolución.



